Welcome to our blog for Intellectual Property Law and Practice in Latin America!
¡Bienvenidos a nuestro blog de Derecho y Práctica de la Propiedad Intelectual en Latinoamérica!
Bem-vindo ao nosso blog sobre Direito e Prática de Propriedade Intelectual na América Latina!

Thursday 18 April 2013

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Chile: Dos ONG's presentan reclamo por infracción a Ley de Neutralidad en la Red

En Chile las ONG's «Cívico» y «Neutralidad Sí» presentaron un reclamo por procedimiento regulado en el art.28 bis de la Ley General de Telecomunicaciones y su Reglamento contra la operadora local VTR (ISP, en la terminología de la Ley de Neutralidad) ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, sosteniendo que la empresa realiza control de tráfico, limitando la velocidad al usar YouTube y servicios P2P, como BitTorrent.

Cívico publicó en su sitio web un análisis, con videos de las pruebas, donde compararon el acceso a red usando la conexión de VTR con la misma conexión pero a través de un servicio VPN (Virtual Private Network). Este último sistema encripta el tráfico haciendo que se vea afectado por los controles del proveedor, en este caso VTR. Ambas pruebas se hicieron desde el mismo equipo, con una velocidad contratada de 1.3 mbps.

La demostración que contiene el video deja de manifiesto que al bajar un video de YouTube sin usar el VPN, la velocidad de descarga no supera los 70 kbps, lo que representa un 4.2% (cuatro coma dos) del servicio contratado. En cambio, al encender el VPN, la descarga sube rápidamente 1.2 mbps, alcanzando casi el 99% de lo ofertado por el proveedor. En las pruebas hechas con BitTorrent, la descarga sin VPN no alcanza el 15% del enlace contratado, mientras que con VPN, se alcanza el 99%.

El fundamento jurídico del reclamo de Cívico se basa en que mediante el control del tráfico en ambos servicios (Youtube-BitTorrent) la empresa proveedora VTR viola la Ley 20.453 de Neutralidad en la Red de 2011 y su Reglamento. Sobre las «medidas gestión de tráfico», la normativa impone tres requisitos para que sean aplicables: (a) que estén detalladas en el sitio web de la empresa, (b) que no sean arbitrarias y (c) que no afecten la libre competencia.

Al respecto la ONG informó que en los hechos el portal de VTR no detalla medidas de gestión de tráfico sobre YouTube. Además, la medida es arbitraria ya que no afectaría a todos los otros sitios para ver videos y, finalmente, afecta a la libre competencia, ya que los administradores de otros portales de este tipo y quienes publican en ellos tienen mejores condiciones de acceso que YouTube y las personas que suben videos ahí.

La compañía, a través de su equipo de comunicaciones, indicó al diario electrónico chileno Emol que se encuentra analizando la metodología usada para medir la calidad de su servicio y asegura que «VTR no realiza ninguna práctica de "traffic shapping" a YouTube. Por el contrario, VTR ha hecho esfuerzos especiales para mejorar la experiencia de nuestros clientes en usos relacionados al streaming de video».

En su petitum, la denuncia, presentada el 17 de abril en curso por José Huerta, director de Cívico y Neutralidad Sí, pide a la Subtel que se sancione a VTR y que se fiscalice y sancione, si es que corresponde, a las otras empresas proveedoras de servicios de internet en Chile.

Fuentes: EMOL/Cívico

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr